En cumplimiento de las
disposiciones de Ordenanza 0362, la Secretaría de Movilidad del Municipio del
Distrito Metropolitano de Quito cumplió con la etapa de Inscripción
de los aplicantes al “Proceso de Regularización del Servicio de
Transporte Terrestre Comercial de Carga Liviana en el área urbana y en la
parroquias rurales del Distrito del 03 al 14 de Junio del 2013, fechas en
las cuales fueron inscritos 4124 aplicantes.
La o el aplicante debidamente inscrito en el proceso deberá presentar
todos los documentos requeridos, en el lugar, día, hora y ventanilla asignados
en el Certificado de Inscripción.
Se receptarán los documentos únicamente de los/as aplicantes
inscritos/as en el proceso, en las ventanillas del balcón de servicios que
estará ubicado en la Casa Piedrahita del parque Itchimbía (José María Aguirre
N4-108 y Concepción, barrio La Tola), en horario de 8h00 a 13h00 y de 14h00 a
16h00.
Este proceso de regularización se aplica a las personas que han
venido prestando de hecho este servicio de transporte, y que fueron
inventariados por la Secretaría de Movilidad en sus respectivos
lugares de trabajo (mercados, las administraciones zonales, las zonas rurales,
los centros comerciales, los centros de acopio y otros lugares).
Al igual que en otros procesos de regularización del transporte que lleva
adelante el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, la Secretaría
de Movilidad receptará la respectiva documentación de los aplicantes.
Fechas de presentación
La o el aplicante debe revisar en el Certificado de Inscripción que le
llegó a su correo electrónico, la fecha, hora y ventanilla asignada para la
entrega física de su documentación.
Las fechas establecidas para la presentación de documentos, comprenden
del lunes 24 de junio hasta el viernes 5 de julio de 2013, de acuerdo al
siguiente cronograma:
DOCUMENTACION A PRESENTAR
La o el aplicante deberá
presentar los siguientes documentos:
a. Copia a color certificada
de la cédula de ciudadanía (o de identidad en el caso de ciudadanos/as
extranjeros/as).
b. Copia a color del
certificado de votación de la o el aplicante correspondiente al último proceso
electoral (17 de febrero de 2013). Se exceptúa de este requisito a las personas
que no tienen la obligación legal de ejercer el sufragio en el Ecuador.
c. En caso de ser extranjero,
el documento o documentos que acrediten que cuenta con las autorizaciones o
permisos de trabajo suficientes para ejercer actividades económicas en el
Ecuador.
d. Copia a color certificada
de la licencia de conducir. Se exceptúa de la presentación de este requisito a
la o el aplicante con discapacidad para conducir vehículos a motor, debidamente
certificada por el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS). Esta excepción
tendrá relación con lo señalado en el literal ‘m’ de este apartado.
e. Copia a color certificada
de la matrícula vigente; o de la factura original de compra del vehículo; o del
contrato de compra-venta del vehículo debidamente notarizado a nombre de la o
el aplicante del servicio, o de su cónyuge o conviviente en unión de hecho, o
de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de
afinidad, según el caso, en concordancia con lo señalado en el numeral 2-ii del
Art. (13) de la Ordenanza Metropolitana Nro. 0362.
f. De ser el caso, prueba
documental por cualquier medio admisible en Derecho, de que la o el aplicante
hubiere cambiado el vehículo desde que se registró en el inventario de
transporte de carga liviana hasta la fecha de inscripción, sin perjuicio de la
facultad de la Secretaría de Movilidad de comprobar la documentación e
información suministrada por la o el aplicante.
g. Certificado original de
afiliación actualizado (no mayor a 15 días de la fecha de su presentación)
otorgado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. En el caso de que en
este certificado conste la relación de dependencia laboral entre la o el
aplicante y una entidad del sector público, se deberá presentar un certificado
actualizado que demuestre que dicha relación ha concluido.
h. Certificado original
actualizado (vigente) de autoridad competente (Ministerio de Defensa Nacional)
del que se desprenda que la o el aplicante no tiene la calidad de miembro
activo de las Fuerzas Armadas (Aclaración: no se trata del CERTIFICADO que
expide el ISSFA).
i. Certificado original
actualizado (vigente) de autoridad competente (Archivo General de la Dirección
General de Personal de la Policía Nacional) del que se desprenda que la o el
aplicante no tiene la calidad de miembro activo de la Policía Nacional
(Aclaración: no se trata del CERTIFICADO que expide el ISSPOL).
j. Certificado actualizado
(vigente) de que el vehículo del que dispone la o el aplicante ha aprobado la
Revisión Técnica Vehicular. Se admitirán certificados de Revisión Técnica
Vehicular con el estado “Condicional”, solo por los siguientes defectos
relacionados con la prestación informal del servicio de transporte de carga
liviana: “pintura no reglamentaria en vehículo particular”, “letreros y
leyendas no autorizadas”.
k. Certificado original
actualizado de no adeudar al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. En
caso de tener valores pendientes de pago con el Municipio de Quito, se podrán
cancelar hasta la etapa de subsanación. En los casos de convenios de pago entre
el deudor y la Administración Municipal, se admitirá la aplicación
siempre y cuando él o la aplicante se encuentre al día en las cuotas
que corresponde cancelar, con la prevención de que el retraso en una o más de
ellas derive en la inmediata suspensión de la Habilitación Administrativa que
le fuere otorgada, sin perjuicio de las multas que correspondan. (Aclaración:
No se admitirán en lugar de este requisito, los certificados de reclamos
administrativos tributarios municipales, que no estuvieren resueltos).
l. Copia a color del Seguro
Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) VIGENTE, del vehículo
de que dispone la o el aplicante.
m. De ser el caso, certificado
otorgado por el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS), sobre la
discapacidad para conducir vehículos a motor de la o el aplicante. En caso de
que el certificado del CONADIS no se refiera a la o el aplicante sino a un
miembro de su núcleo familiar, se deberá adjuntar el certificado emitido por el
CONADIS que acredite que la persona con discapacidad es miembro del núcleo
familiar del aplicante.
n. Documento que acredite que
la o el aplicante está domiciliada/o en el territorio del Distrito
Metropolitano de Quito de manera ininterrumpida desde por lo menos el último
año anterior a la fecha de sanción de la Ordenanza Metropolitana 0362 (22 de
febrero del 2013). Para el caso del Servicio de Transporte Terrestre
Comercial de Carga Liviana en parroquias rurales, el o la aplicante
deberá justificar, de la misma manera, su domicilio específicamente en la
parroquia rural en la que ha venido prestando de hecho el servicio.
Esta acreditación podrá
admitirse a través de una declaración juramentada de la o el aplicante u otro
medio de prueba de los establecidos en el Código de Procedimiento Civil, sin
perjuicio de la facultad de la Secretaría de Movilidad de comprobar la
documentación e información suministrada por la o el aplicante.
o. De ser el caso, prueba
documental del vínculo conyugal, o de la unión de hecho o de la relación de
parentesco, según corresponda, entre la o el aplicante y el titular del
vehículo de la aplicación.
p. De ser el caso, prueba
documental de que el vehículo pertenece a la sociedad conyugal o a la sociedad
de bienes que tiene legalmente formada, o que es de propiedad de su cónyuge o
conviviente en unión de hecho o a sus parientes dentro del cuarto grado de
consanguinidad y segundo de afinidad.
q. En el caso de que el
vehículo de la aplicación no sea de propiedad de la o el aplicante sino del
cónyuge, conviviente o pariente dentro de los grados admitidos, se deberá
presentar autorización escrita emitida por el dueño adjuntando la copia de su
cédula, debidamente certificadas. En la autorización constarán los datos del
respectivo vehículo, de su propietario y el consentimiento para que éste sea
utilizado en la prestación del servicio de Transporte Terrestre Comercial de Carga
Liviana.
r. Certificado de
deshabilitación emitido por autoridad competente, en el caso de que en la
matrícula conste como vehículo público.
s. Original actualizado de la
declaración juramentada ante un Notario Público del Distrito Metropolitano de
Quito, en la que la o el aplicante manifieste lo siguiente:
- No
tener la condición de servidor público
- No
pertenecer a organización de transporte público o comercial alguno en el
Distrito Metropolitano de Quito.
- No
ser beneficiario de una Habilitación Administrativa, en ninguna modalidad de
transporte dentro del Distrito Metropolitano de Quito, ni en la
actualidad ni en los dos últimos años anteriores al 22 de febrero de 2013.
- De
ser el caso, que el servicio de transporte terrestre comercial de carga liviana
es su principal actividad económica.
- Indicación
de la jurisdicción territorial en la que presta el servicio de transporte
terrestre comercial de carga liviana, especificando si el servicio es prestado
en el área urbana del Distrito Metropolitano de Quito, o en alguna de sus
parroquias rurales.
- Estar
domiciliado en el territorio del Distrito Metropolitano de Quito por lo menos
un (1) año ininterrumpido inmediatamente anterior a la fecha de sanción de la
Ordenanza Metropolitana 0362 (22 de febrero del 2013). Para el caso
del Servicio de Transporte Terrestre Comercial de Carga Liviana en
parroquias rurales, la o el aplicante manifestará estar domiciliado
específicamente en la parroquia rural en la cual ha venido prestando de hecho
el servicio, por al menos un año ininterrumpido inmediatamente anterior a
la sanción de la dicha Ordenanza (22 de febrero del 2013).
- De
ser el caso, estado civil o el grado de parentesco (por consanguinidad o
afinidad) respecto de la persona titular del vehículo de su aplicación.
Al igual que el inventario, todos
los trámites municipales del proceso de regularización son totalmente
gratuitos, personales e intransferibles, por lo que se solicita a la ciudadanía
que denuncie todo intento de cobro de dinero por cualquier motivo o pretexto
por parte de cualquier funcionario municipal, supuestos dirigentes,
tramitadores o personas particulares; las denuncias se mantendrán en absoluta
reserva y pueden hacerse mediante la línea telefónica gratuita 1800
MOVILIDAD (1800 668454) y la página web:
http://cargaliviana.quito.gob.ec,
a través de las cuales se puede también obtener información adicional del
proceso.
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