lunes, 24 de junio de 2013

Inicia entrega de documentos para regularización del transporte de carga liviana







 En cumplimiento de las disposiciones de Ordenanza 0362, la Secretaría de Movilidad del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito cumplió con la  etapa de Inscripción de los aplicantes  al “Proceso de Regularización del Servicio de Transporte Terrestre Comercial de Carga Liviana en el área urbana y en la parroquias rurales del Distrito del 03 al 14 de Junio del 2013, fechas en las cuales fueron inscritos 4124 aplicantes.

La o el aplicante debidamente inscrito en el proceso deberá presentar todos los documentos requeridos, en el lugar, día, hora y ventanilla asignados en el Certificado de Inscripción.

Se receptarán los documentos únicamente de los/as aplicantes inscritos/as en el proceso, en las ventanillas del balcón de servicios que estará ubicado en la Casa Piedrahita del parque Itchimbía (José María Aguirre N4-108 y Concepción, barrio La Tola), en horario de 8h00 a 13h00 y de 14h00 a 16h00.

Este proceso de regularización se aplica a las personas que han venido prestando de hecho este servicio de transporte, y que fueron inventariados  por la Secretaría de Movilidad en sus respectivos lugares de trabajo (mercados, las administraciones zonales, las zonas rurales, los centros comerciales, los centros de acopio y otros lugares).

Al igual que en otros procesos de regularización del transporte que lleva adelante el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, la Secretaría de Movilidad receptará la respectiva documentación de los aplicantes.

Fechas de presentación
La o el aplicante debe revisar en el Certificado de Inscripción que le llegó a su correo electrónico, la fecha, hora y ventanilla asignada para la entrega física de su documentación.
Las fechas establecidas para la presentación de documentos, comprenden del lunes 24 de junio hasta el viernes 5 de julio de 2013, de acuerdo al siguiente cronograma: 

DOCUMENTACION A PRESENTAR

La o el aplicante deberá presentar los siguientes documentos:

a. Copia a color certificada de la cédula de ciudadanía (o de identidad en el caso de ciudadanos/as extranjeros/as).

b. Copia a color del certificado de votación de la o el aplicante correspondiente al último proceso electoral (17 de febrero de 2013). Se exceptúa de este requisito a las personas que no tienen la obligación legal de ejercer el sufragio en el Ecuador.

c. En caso de ser extranjero, el documento o documentos que acrediten que cuenta con las autorizaciones o permisos de trabajo suficientes para ejercer actividades económicas en el Ecuador.

d. Copia a color certificada de la licencia de conducir. Se exceptúa de la presentación de este requisito a la o el aplicante con discapacidad para conducir vehículos a motor, debidamente certificada por el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS). Esta excepción tendrá relación con lo  señalado en el literal ‘m’ de este apartado.

e. Copia a color certificada de la matrícula vigente; o de la factura original de compra del vehículo; o del contrato de compra-venta del vehículo debidamente notarizado a nombre de la o el aplicante del servicio, o de su cónyuge o conviviente en unión de hecho, o de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, según el caso, en concordancia con lo señalado en el numeral 2-ii del Art. (13) de la Ordenanza Metropolitana Nro. 0362.

f. De ser el caso, prueba documental por cualquier medio admisible en Derecho, de que la o el aplicante hubiere cambiado el vehículo desde que se registró en el inventario de transporte de carga liviana hasta la fecha de inscripción, sin perjuicio de la facultad de la Secretaría de Movilidad de comprobar la documentación e información suministrada por la o el aplicante.

g. Certificado original de afiliación actualizado (no mayor a 15 días de la fecha de su presentación) otorgado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. En el caso de que en este certificado conste la relación de dependencia laboral entre la o el aplicante y una entidad del sector público, se deberá presentar un certificado actualizado que demuestre que dicha relación ha concluido.

h. Certificado original actualizado (vigente) de autoridad competente (Ministerio de Defensa Nacional) del que se desprenda que la o el aplicante no tiene la calidad de miembro activo de las Fuerzas Armadas (Aclaración: no se trata del CERTIFICADO que expide el ISSFA).

i. Certificado original actualizado (vigente) de autoridad competente (Archivo General de la Dirección General de Personal de la Policía Nacional) del que se desprenda que la o el aplicante no tiene la calidad de miembro activo de la Policía Nacional (Aclaración: no se trata del CERTIFICADO que expide el ISSPOL).

j. Certificado actualizado (vigente) de que el vehículo del que dispone la o el aplicante ha aprobado la Revisión Técnica Vehicular. Se admitirán certificados de Revisión Técnica Vehicular con el estado “Condicional”, solo por los siguientes defectos relacionados con la prestación informal del servicio de transporte de carga liviana: “pintura no reglamentaria en vehículo particular”, “letreros y leyendas no autorizadas”.

k. Certificado original actualizado de no adeudar al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. En caso de tener valores pendientes de pago con el Municipio de Quito, se podrán cancelar hasta la etapa de subsanación. En los casos de convenios de pago entre el deudor  y la Administración Municipal, se admitirá la aplicación siempre y cuando él o la aplicante  se encuentre al día en las cuotas que corresponde cancelar, con la prevención de que el retraso en una o más de ellas derive en la inmediata suspensión de la Habilitación Administrativa que le fuere otorgada, sin perjuicio de las multas que correspondan. (Aclaración: No se admitirán en lugar de este requisito, los certificados de reclamos administrativos tributarios municipales, que no estuvieren resueltos).

l. Copia a color del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) VIGENTE, del vehículo de que dispone la o el aplicante.

m. De ser el caso, certificado otorgado por el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS), sobre la discapacidad para conducir vehículos a motor de la o el aplicante. En caso de que el certificado del CONADIS no se refiera a la o el aplicante sino a un miembro de su núcleo familiar, se deberá adjuntar el certificado emitido por el CONADIS que acredite que la persona con discapacidad es miembro del núcleo familiar del aplicante.

n. Documento que acredite que la o el aplicante está domiciliada/o en el territorio del Distrito Metropolitano de Quito de manera ininterrumpida desde por lo menos el último año anterior a la fecha de sanción de la Ordenanza Metropolitana 0362 (22 de febrero del 2013). Para el caso del Servicio de Transporte Terrestre Comercial  de Carga Liviana en parroquias rurales, el o la aplicante deberá justificar, de la misma manera, su domicilio específicamente en la parroquia rural en la que ha venido prestando de hecho el servicio.

Esta acreditación podrá admitirse a través de una declaración juramentada de la o el aplicante u otro medio de prueba de los establecidos en el Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de la facultad de la Secretaría de Movilidad de comprobar la documentación e información suministrada por la o el aplicante.

o. De ser el caso, prueba documental del vínculo conyugal, o de la unión de hecho o de la relación de parentesco, según corresponda, entre la o el aplicante y el titular del vehículo de la aplicación.

p. De ser el caso, prueba documental de que el vehículo pertenece a la sociedad conyugal o a la sociedad de bienes que tiene legalmente formada, o que es de propiedad de su cónyuge o conviviente en unión de hecho o a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

q. En el caso de que el vehículo de la aplicación no sea de propiedad de la o el aplicante sino del cónyuge, conviviente o pariente dentro de los grados admitidos, se deberá presentar autorización escrita emitida por el dueño adjuntando la copia de su cédula, debidamente certificadas. En la autorización constarán los datos del respectivo vehículo, de su propietario y el consentimiento para que éste sea utilizado en la prestación del servicio de Transporte Terrestre Comercial de Carga Liviana. 

r. Certificado de deshabilitación emitido por autoridad competente, en el caso de que en la matrícula conste como vehículo público.

s. Original actualizado de la declaración juramentada ante un Notario Público del Distrito Metropolitano de Quito, en la que la o el aplicante manifieste lo siguiente:
-     No tener la condición de servidor público
-     No pertenecer a organización de transporte público o comercial alguno en el Distrito Metropolitano de Quito.
-     No ser beneficiario de una Habilitación Administrativa, en ninguna modalidad de transporte dentro del Distrito Metropolitano de Quito,  ni en la actualidad ni en los dos últimos años anteriores al 22 de febrero de 2013.
-     De ser el caso, que el servicio de transporte terrestre comercial de carga liviana es su principal actividad económica.
-     Indicación de la jurisdicción territorial en la que presta el servicio de transporte terrestre comercial de carga liviana, especificando si el servicio es prestado en el área urbana del Distrito Metropolitano de Quito, o en alguna de sus parroquias rurales.
-     Estar domiciliado en el territorio del Distrito Metropolitano de Quito por lo menos un (1) año ininterrumpido inmediatamente anterior a la fecha de sanción de la Ordenanza  Metropolitana 0362 (22 de febrero del 2013). Para el caso del Servicio de Transporte Terrestre Comercial de Carga Liviana en parroquias rurales, la o el aplicante manifestará estar domiciliado específicamente en la parroquia rural en la cual ha venido prestando de hecho el servicio, por al menos un año ininterrumpido inmediatamente anterior a la  sanción de la dicha Ordenanza (22 de febrero del 2013).
-     De ser el caso, estado civil o el grado de parentesco (por consanguinidad o afinidad) respecto de la persona titular del vehículo de su aplicación.

Al igual que el inventario, todos los trámites municipales del proceso de regularización son totalmente gratuitos, personales e intransferibles, por lo que se solicita a la ciudadanía que denuncie todo intento de cobro de dinero por cualquier motivo o pretexto por parte de cualquier funcionario municipal, supuestos dirigentes, tramitadores o personas particulares; las denuncias se mantendrán en absoluta reserva y pueden hacerse mediante la línea telefónica gratuita 1800 MOVILIDAD (1800 668454) y la página web:
http://cargaliviana.quito.gob.ec, a través de las cuales se puede también obtener información adicional del proceso.

No hay comentarios:

Publicar un comentario